International Arbitration Tribunal Rules in Favor of a Canadian Company and Puts Foreign Investment Above Colombia’s Legitimate Right to Protect Santurbán

October 12, 2021

(Español abajo)

Bucaramanga, Bogotá, Washington, Ottawa — National and international civil society organizations are widely rejecting the decision made by the International Centre for Settlement of Investment Disputes (ICSID) on September 10 in the case of Eco Oro v. Colombia, for at least three reasons: we consider that (i) it is inconsistent and reflects a profound ignorance of the socio-environmental complexity of the case; (ii) it is the result of an unfair and widely discretionary investment arbitration system that allows for arbitrary decisions made by those who oversee these cases and, (iii) increases the risk of further arbitrations being brought against the State of Colombia at the ICSID.  

ICSID is one of the institutions responsible for resolving disputes between States and international investors — in this case, within the context of the Canada-Colombia Free Trade Agreement. In the case of Eco Oro v. Colombia, the ICSID Tribunal concluded that, although the protection measures of the páramos adopted by Colombia were legitimate and did not constitute an expropriation of the rights of the Canadian company Eco Oro, its actions in the delimitation of the Páramo de Santurbán did violate the “minimum standard of treatment” to foreigners. The Tribunal has yet to decide on compensation for damages to Eco Oro and has asked both parties for more information to inform its decision. 

The Tribunal’s decision was the result of a process initiated by a supranational arbitration claim filed by the Canadian company Eco Oro against Colombia in 2016, which questioned the decisions made by the Colombian government to protect the páramos — the natural source of water for 70% of inhabitants. The Canadian investor [Eco Oro] intends to construct the Angostura gold mine in the Santurbán páramo, located in the northeast of the country. 

An inconsistent decision that ignores the socio-environmental complexities of the case. The majority of the Tribunal held that the decisions made by the Colombian government were in accordance with Colombian national law and were made with the legitimate aim of protecting the environment. In addition, the Tribunal recognized that the páramos are being threatened by both human intervention and climate change and that the possibility of their recovery from mining activities is very low, which is why it is necessary to protect them. As a result, the Tribunal rejected Eco Oro’s argument that the precautionary principle was not applicable, and pointed out that the Santurbán case was an example where it was, in fact, relevant. 

This was the grounds for rejecting one of Eco Oro’s claims that its rights had been indirectly expropriated by the State of Colombia. On the contrary, the Tribunal found that the measures adopted by the country were a legitimate exercise in environmental protection. 

However, when examining a second claim, the Tribunal explained that the inconsistency, hesitation and inaction of the State of Colombia in the delimitation of the Santurbán páramo had thwarted Eco Oro’s investment expectations without any “apparent legitimate purpose,” and had therefore not granted the investor “fair and equitable treatment” in accordance with the “minimum standard of treatment” for foreigners. 

This last ruling of the Tribunal is inconsistent. It ignores the socio-environmental complexity of the case and the challenges of materializing the right to environmental participation within the process of delimitation of the páramo. Although the decision recognizes that the delimitation involves managing widely disparate interests throughout the process, in the end — in a ruling far removed from the reality of Santurbán and its communities — the Tribunal took this process lightly, dismissing its complexities, and appears to have not taken it as legitimate and sufficient justification.  

An unpredictable, limiting and unfair arbitration system. “The Tribunal’s decisions are not predictable, since decisions in one case do not bind future rulings on environmental issues.  There is no precedent set, as traditionally understood in the system. The breadth of the clauses and the arbitrators’ freedom of interpretation are excessive, which is problematic not only for Colombia but for all countries in the region,” said Yeny Rodriguez, a lawyer with the Interamerican Association for Environmental Defense (AIDA). 

This decision allows mining investment to prevail over the Colombian State’s obligation to protect the environment and the water of Colombians. We question the fact that the Tribunal has made its decision but has not judged the lack of due diligence by the Canadian company who knew from the beginning that its mining project overlapped with a páramo zone — a sensitive ecosystem protected by national law. This case demonstrates the arbitrary and overreaching nature of the supranational arbitration system, and the way in which it disciplines and punishes the governments of the Global South. It’s worth remembering that in February 2019, the Tribunal rejected the possible participation of the Santurbán Committee in the process. 

Uncertainty for Colombia. Carla García Zendejas, Director of the People, Land and Resources Program of the Center for International Environmental Law (CIEL) stated, “The legal uncertainty that the supranational investment arbitration system represents for Colombia is enormous. The high levels of arbitrariness that characterizes the system leads to penalizing States for any circumstance in which expected profits are affected. And this is especially critical for Colombia, as there are other lawsuits against the country resulting from extractive projects linked to Santurbán and other fragile ecosystems. This could mean a domino effect of lawsuits and heavy penalties against Colombians.” 

Two other lawsuits are currently underway before ICSID against the country by Canadian mining companies — Red Eagle Exploration and Galway Gold — for measures taken to protect the Santurbán páramo. There are also other lawsuits filed by Cosigo Resources, South32 Investments Limited, Gran Colombia Gold, Glencore International and Anglo American in connection to other extractive projects. 

We call on the Colombian State to denounce the free trade agreements and bilateral investment protection agreements to which it is party and to refrain from signing such instruments in the future. 

It is for these reasons above that today the Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán (Committee for the Defense of Water and the Páramo of Santurbán) is holding a day of protest in front of the Canadian Embassy in Bogotá, demanding that ICSID respect their legitimate fight for the defense of water, Santurbán and the páramos of Colombia. Likewise, we are also in front of Congress, demanding that the Investment Protection Agreements with the United Arab Emirates-Minesa be rejected. 

 

Tribunal de arbitraje favorece a empresa canadiense y pone a la inversión extranjera por encima del derecho de Colombia a proteger Santurbán

Bucaramanga, Bogotá, Washington, Ottawa. Organizaciones nacionales e internacionales de la sociedad civil rechazamos ampliamente la decisión del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) dada a conocer el pasado 10 de septiembre, en el caso de la demanda de Eco Oro contra Colombia, por al menos tres razones. Consideramos que (i) es inconsistente y refleja un desconocimiento profundo de la complejidad socio-ambiental del caso; (ii) es producto de un sistema de arbitraje de inversiones ampliamente discrecional e injusto que facilita actuaciones arbitrarias de quienes resuelven los casos y, (iii) profundiza el riesgo sobre otros arbitrajes que se adelantan en contra del Estado Colombiano ante el CIADI.

El CIADI es una de las instituciones encargadas de la resolución de controversias entre inversionistas y Estados, en este caso en el marco del Tratado de Libre Comercio entre Colombia y Canadá. En el caso Eco Oro vs. Colombia, el tribunal del CIADI concluyó que, si bien las medidas de protección de los páramos adoptadas por Colombia fueron legítimas y no configuraron expropiación de los derechos de la canadiense, sus actuaciones en la delimitación del Páramo de Santurbán sí violaron el “estándar mínimo de trato” a los extranjeros. El tribunal aún debe decidir sobre la compensación de daños a la empresa y ha pedido más información a ambas partes para decidir.

La decisión fue el resultado de un proceso iniciado por una demanda de arbitraje supranacional interpuesta por la empresa canadiense Eco Oro contra Colombia en 2016, en la que se cuestionaban las decisiones adoptadas por el Estado colombiano de proteger sus páramos que son la fuente natural de agua para el 70% de sus habitantes. Cabe recordar que la inversionista canadiense, pretende ejecutar el proyecto de minería de oro Angostura en el páramo de Santurbán, ubicado al nororiente del país. 

Una decisión inconsistente y de espaldas a las complejidades socio-ambientales del caso. La mayoría del tribunal sostuvo que las medidas cuestionadas fueron tomadas de acuerdo al derecho nacional colombiano y bajo la finalidad legítima de avanzar en la protección del ambiente. Además, reconocieron que los páramos están amenazados tanto por la intervención humana como por el cambio climático y que su posibilidad de recuperación frente a actividades mineras es muy baja, razón por la cual es necesario protegerlos. Por eso, rechazaron el argumento de Eco Oro de que el principio de precaución no era aplicable, y señalaron que este caso era un ejemplo en donde sí era relevante. 

Esta fue la razón por la cual no se acogió una de las peticiones de Eco Oro que apuntaba a que se declarara que sus derechos habían sido expropiados indirectamente por Colombia. Por el contrario, el Tribunal encontró que las medidas adoptadas por el país fueron un ejercicio legítimo de protección ambiental. 

No obstante, al estudiar un segundo cargo, el tribunal explicó que la inconsistencia, vacilación e inacción de Colombia en torno a la delimitación del páramo de Santurbán había frustrado las expectativas de inversión de Eco Oro sin tener ninguna “justificación legítima aparente”, por lo que no había otorgado a la inversionista un “trato justo y equitativo” de acuerdo con el “estándar mínimo de trato” a los extranjeros.

Este último juicio del Tribunal es incongruente, ignora la complejidad socio-ambiental del caso y los desafíos de materializar el derecho a la participación ambiental dentro del proceso de delimitación del páramo. Aunque, a lo largo del laudo, reconoce que la delimitación implica la gestión de intereses ampliamente dispares, al final, en un ejercicio de profunda distancia con la realidad de Santurbán y sus comunidades, el tribunal ve este proceso con ligereza, desestima sus complejidades, y parece no tomarlo como suficiente justificación legítima.

Un sistema de arbitraje impredecible, limitante e injusto. “Las decisiones del tribunal no son predecibles pues los laudos no vinculan la forma de fallar de los árbitros en el futuro sobre temas ambientales, por lo que no existe la figura del precedente tradicionalmente entendido en el sistema. La amplitud de las cláusulas y la libertad de interpretación de los árbitros son excesivas, lo cual es problemático no solo para Colombia sino para todos los países de la región”, señaló Yeny Rodríguez, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA).

Esta decisión hace prevalecer la inversión minera por encima de la obligación del Estado colombiano de proteger el ambiente y el agua de los colombianos. Cuestionamos que el Tribunal se haya pronunciado pero no haya juzgado la falta de diligencia de la canadiense que desde el inicio sabía que su proyecto minero se traslapaba con zona de páramo; ecosistema sensible protegido por el derecho nacional. Este caso demuestra la arbitrariedad y los excesos del sistema de arbitraje supranacional, y la forma en que disciplina y castiga a los gobiernos del Sur Global. Además, cabe recordar que el Tribunal, en febrero del 2019, rechazó la posible participación del Comité Santurbán en el proceso. 

La incertidumbre para Colombia. Por su parte, Carla García Zendejas, Directora del Programa de Pueblos, Tierra y Recursos del Centro para el Derecho Ambiental Internacional (CIEL) precisó que “la inseguridad jurídica que representa para Colombia el sistema de arbitraje supranacional de inversiones es enorme. Los altos niveles de arbitrariedad en la interpretación que caracterizan al sistema se prestan para condenar a los Estados por cualquier circunstancia que afecte las ganancias esperadas. Y esto es especialmente crítico para Colombia, pues hay otras demandas contra el país en el marco de proyectos extractivos asociados tanto a Santurbán como a otros ecosistemas frágiles. Esto puede significar un efecto dominó de demandas y cuantiosas condenas en contra de los colombianos.”

Actualmente, están en curso otras dos demandas ante el CIADI contra el país por parte de empresas mineras canadienses (Red Eagle Exploration y Galway Gold) por las medidas tomadas para proteger el páramo de Santurbán. Asimismo, existen más demandas en el marco de otros proyectos extractivos presentadas por Cosigo Resources, South32 Investments Limited, Gran Colombia Gold, Glencore International y Anglo American.

Hacemos un llamado al Estado colombiano a denunciar los tratados de libre comercio y los acuerdos bilaterales de protección a la inversión de los que es parte y a abstenerse de seguir firmando este tipo de instrumentos en el futuro. 

Es por estas razones que hoy el Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán está llevando a cabo una jornada de protesta frente a la Embajada de Canadá en Bogotá, exigiendo que el CIADI respete la lucha legítima de la defensa del agua, Santurbán y los páramos de Colombia. Igualmente, frente al Congreso de la República, exigiendo que se rechacen los Acuerdos de Protección a la Inversión con Emiratos Arabes Unidos-Minesa.